¿Es obligatorio el uso de la corbata en vigilantes de seguridad?
El uso de la corbata en vigilantes de seguridad ha sido motivo de debate. Recientemente, la Sala de lo Social del Tribunal Supremo (STS 457/2024) desestimó un recurso sindical contra una sentencia de la Audiencia Nacional que avalaba la decisión de una empresa de exigir el uso de corbata a los vigilantes en puestos de cara al público con aire acondicionado.
El fallo considera que esta medida es legal y respetuosa con la dignidad de los trabajadores, ajustándose a la normativa de seguridad privada.
Normativa sobre la uniformidad de los vigilantes
La regulación sobre la uniformidad de los vigilantes de seguridad está establecida en la Orden INT/318/2011, que sustituyó la anterior normativa de 1995.
📌 Puntos clave de la normativa:
- Se establece un listado de prendas permitidas, incluyendo la corbata.
- No distingue entre uniformidad de verano e invierno.
- Las empresas pueden determinar la combinación de prendas, teniendo en cuenta la estación del año, condiciones de trabajo y necesidades funcionales.
El artículo 22 de la norma otorga a las empresas la facultad de decidir sobre el uso de las prendas de uniformidad dentro del marco establecido.
¿Es necesario solicitar autorización a la Policía?
No es obligatorio solicitar autorización a la Unidad Central de Seguridad Privada (UCSP) para decidir sobre el uso de prendas incluidas en la normativa. Sin embargo, algunas empresas optan por comunicarlo para evitar conflictos legales.
⚠ Casos en los que sí se necesita autorización:
✅ Introducción de una prenda nueva, no contemplada en el Anexo VIII.
✅ Cambio en el color o composición del uniforme, para evitar similitudes con Fuerzas Armadas o Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Conclusión
El uso de la corbata en vigilantes de seguridad es una decisión que corresponde a la empresa, siempre que respete los principios de dignidad, funcionalidad y adaptación al puesto de trabajo. La normativa actual permite a las empresas elegir la combinación de prendas dentro de los límites establecidos.
Este criterio, respaldado por el Tribunal Supremo, refuerza la capacidad de las empresas para definir la uniformidad de los vigilantes, garantizando al mismo tiempo el cumplimiento de la ley.
Si quieres más artículos como este visita nuestro blog.



