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    ¿Puede la empresa revisar WhatsApp del empleado?

    por | Abr 15, 2025 | Hogares, Negocios, Seguridad, Servicios Auxiliares, Tendencias

    ¿Puede la empresa revisar WhatsApp del trabajador?

    El derecho de la empresa a revisar WhatsApp del trabajador genera debate en los tribunales. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha determinado que una empresa puede revisar estos mensajes cuando el teléfono es corporativo y se usa exclusivamente para la actividad laboral.

    Este control no vulnera el secreto de las comunicaciones si las conversaciones están relacionadas con el trabajo. Sin embargo, el tribunal declaró el despido improcedente, ya que la empresa no probó las acusaciones de fraude contra la empleada.


    Caso de revisión de WhatsApp en el trabajo

    Una trabajadora realizaba sus funciones desde casa con un ordenador y teléfono proporcionados por la empresa. Sus tareas incluían llamadas, correos electrónicos y mensajes de WhatsApp con clientes.

    Tras revisar sus mensajes, la empresa descubrió que indicaba a algunos clientes que inflaran precios en órdenes de carga, utilizando frases como «y ya sabes, 50/50».

    Decisiones judiciales:

    1. Primera sentencia (Juzgado de lo Social):

      • Declaró el despido nulo.
      • Ordenó pagar una indemnización de 10.000 euros a la trabajadora por vulnerar su privacidad.
      • Consideró que la empresa no definió normas claras sobre el uso del móvil corporativo.
    2. Segunda sentencia (TSJM, en suplicación):

      • Concluyó que la empresa no vulneró la privacidad, ya que solo revisó conversaciones laborales.
      • Confirmó que el despido era improcedente, pero no nulo.

    Condiciones para revisar WhatsApp del trabajador

    Según el artículo 87 de la Ley Orgánica 3/2018, una empresa puede acceder a dispositivos digitales si cumple estas condiciones:

    Control con fines laborales: Solo para verificar el cumplimiento de obligaciones.
    Normas claras de uso: La empresa debe especificar si permite el uso personal del dispositivo.
    Información previa al trabajador: Es obligatorio informar sobre la política de control.


    Conclusión

    Las empresas pueden revisar WhatsApp del trabajador si el dispositivo es corporativo y el acceso tiene fines laborales. Sin embargo, cuando no establecen normas claras, podrían vulnerar los derechos del empleado, afectando la validez de un despido.

    Para evitar conflictos legales, es fundamental que las empresas regulen el uso de dispositivos y comuniquen sus políticas de privacidad a los trabajadores.

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    Sobre el autor:

    Eligio Landin
    Eligio Landín
    Eligio Landín, doble licenciado en Derecho y Ciencias Políticas y diplomado superior en Criminología. Apasionado por el mundo de la seguridad y con su extensa formación le avala una carrera profesional exitosa.

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