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    Cancelación de las Empresas de Seguridad

    por | Sep 24, 2024 | Hogares, Negocios, Seguridad, Servicios Auxiliares, Tendencias

    La cancelación de empresas de seguridad es un proceso regulado por la Ley 5/2014 de Seguridad Privada, que establece las causas y consecuencias de la extinción de la autorización para operar en el sector. Este artículo explora las diferentes razones por las cuales una empresa de seguridad puede ser cancelada, así como el procedimiento administrativo necesario para formalizar dicha cancelación.

    Proceso de Autorización e Inscripción

    Los artículos 1 a 4 de la Orden INT/314/2011 regulan el modelo de solicitud y su tramitación para las empresas de seguridad. Una vez la Unidad de Seguridad Privada correspondiente verifica la documentación, la autorización se considera indefinida. El promotor debe acreditar que cumple todos los requisitos establecidos en el artículo 19 de la Ley 5/2014 y en el Reglamento aprobado por Real Decreto 2364/94 para obtener esta autorización.

    Los representantes legales de las empresas de seguridad deben cumplir con los requisitos del artículo 22 de la Ley 5/2014. Esto implica que deben inscribirse en el Registro Nacional de Seguridad Privada o en el registro autonómico correspondiente.

    Causas de Cancelación de las Empresas de Seguridad

    Varias causas pueden motivar la cancelación de la inscripción de las empresas de seguridad, según el artículo 12 del Reglamento vigente. Estas causas incluyen:

    • A petición propia: La empresa o sus socios pueden solicitar voluntariamente la cancelación de la inscripción en el registro del Ministerio del Interior.
    • Por imposición de sanción: La Ley 5/2014 establece que una falta muy grave puede resultar en la extinción de la autorización y la cancelación en el registro. Además, se prohíbe obtener una nueva autorización por un periodo de uno a dos años. Por una falta grave, la sanción puede ser la suspensión de la autorización por un periodo de seis meses a un año.
    • Inactividad: Aunque no está recogida en la ley, el Reglamento vigente permite la cancelación de la inscripción si la empresa permanece inactiva durante un año.

    El borrador del futuro Reglamento de Seguridad Privada incluye nuevas causas de extinción, como la jubilación o fallecimiento del empresario individual, la extinción de la personalidad jurídica de la entidad mercantil, y la falsedad o inexactitud de los datos en la declaración responsable.

    Efectos de la Cancelación de la Inscripción

    La cancelación de la inscripción de una empresa de seguridad prohíbe prestar servicios de seguridad privada. Sin embargo, la empresa podría cambiar su objeto social y transformarse en una empresa de servicios para seguir prestando actividades previstas en el artículo 6 de la Ley 5/2014.

    Además, la cancelación permite la liberación del aval o seguro de caución depositado, siempre y cuando no existan multas pendientes de pago o expedientes sancionadores abiertos. En caso de no existir responsabilidades pendientes, el aval o garantía debe ser devuelto en su totalidad.

    Procedimiento Administrativo para la Cancelación

    El proceso de cancelación de una empresa de seguridad o la negativa a devolver el aval o garantía requiere un procedimiento administrativo. Este debe garantizar todas las protecciones legales para el interesado, incluyendo el derecho a la defensa y a presentar alegaciones, conforme a la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común. La resolución de este proceso, en el ámbito estatal, corresponde al Director General de la Policía. En última instancia, el interesado puede recurrir ante los órganos judiciales competentes.

    Conclusión

    La cancelación de una empresa de seguridad es un proceso que involucra varias causas y tiene implicaciones significativas para la entidad afectada. Es crucial que las empresas del sector comprendan los requisitos legales para mantener su autorización y los motivos que pueden llevar a su cancelación. Además, deben estar preparadas para enfrentar el procedimiento administrativo necesario, garantizando siempre sus derechos a la defensa y a la presentación de alegaciones. Entender y cumplir con las normativas vigentes no solo protege a la empresa, sino que también asegura la continuidad y legalidad de sus operaciones en el mercado de la seguridad privada.

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    Sobre el autor:

    Eligio Landin
    Eligio Landín
    Eligio Landín, doble licenciado en Derecho y Ciencias Políticas y diplomado superior en Criminología. Apasionado por el mundo de la seguridad y con su extensa formación le avala una carrera profesional exitosa.

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